¿Qué es el ajuar doméstico y cómo se calcula?
El ajuar doméstico representa el valor de los bienes del hogar del fallecido, como muebles y enseres personales, y se incluye en la base del Impuesto de Sucesiones. Aunque por norma se presume un 3% del valor de la herencia, recientes sentencias del Tribunal Supremo limitan esa presunción. En casos con solo dinero o acciones, el ajuar puede excluirse. En ImpuestosHerencias.es y HerenciasPlus.com explican cómo reducir la carga fiscal justificando su inexistencia o valor real.
¿Qué es el ajuar doméstico en una herencia?
El ajuar doméstico abarca los bienes personales y del hogar del fallecido: muebles, electrodomésticos, ropa, menaje, objetos decorativos, etc. No se trata de inversiones ni activos financieros, sino de los elementos habituales de una vivienda, ligados a la vida cotidiana del causante.
Según el Código Civil y la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD), el ajuar doméstico forma parte del patrimonio hereditario. Aunque puede parecer de escaso valor, su inclusión puede aumentar el impuesto si no se gestiona adecuadamente.
La presunción del 3% en el Impuesto de Sucesiones
Tradicionalmente, Hacienda presume que el ajuar doméstico equivale al 3% del caudal hereditario, salvo que se pruebe lo contrario (artículo 15 LISD). Esto quiere decir que, por defecto, se añade ese porcentaje al valor total de los bienes heredados.
Ejemplo básico: Si una herencia suma 300.000 €, Hacienda añade 9.000 € como valor del ajuar, salvo que se justifique que no corresponde.
Exclusiones clave tras la doctrina del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo ha limitado esta presunción para evitar situaciones injustas. En sus sentencias de 2020, 2021 y 2023, establece que el ajuar solo puede calcularse sobre bienes destinados al uso personal y doméstico, como:
Mobiliario de la vivienda habitual.
Electrodomésticos.
Enseres personales (ropa, libros, menaje…).
Se excluyen del cálculo:
Dinero en cuentas bancarias o depósitos.
Acciones, fondos de inversión y otros activos financieros.
Viviendas no habituales, alquiladas o vacías.
Bienes afectos a actividades económicas o profesionales.
Joyas valiosas o colecciones con valor relevante.
Esto significa que el 3% no se aplica sobre todo el patrimonio, sino solo sobre los bienes del hogar y de uso personal.
Cómo calcular el ajuar correctamente
El ajuar puede calcularse de tres formas:
Aplicando el 3% sobre la base correspondiente (vivienda habitual, muebles).
Asignando un valor distinto (inferior o superior), si se presenta prueba fehaciente.
Alegando su inexistencia, en herencias formadas únicamente por dinero u otros activos no personales.
Ejemplo práctico 1:
Pilar fallece dejando su vivienda habitual en Málaga (valor: 200.000 €) y 100.000 € en acciones.
El ajuar solo se calcula sobre los 200.000 € (vivienda): 3% = 6.000 €.
Ejemplo práctico 2:
Luis hereda solo 50.000 € en el banco de su padre. No hay bienes inmuebles ni objetos personales.
Puede argumentarse que no existe ajuar, por lo que el 3% no debería sumarse. Según ImpuestosHerencias.es, la jurisprudencia ampara esta tesis si se justifica bien.
Reducción del ajuar por cónyuge viudo
El Supremo en 2023 aclaró también que cuando hay cónyuge viudo, parte del ajuar se considera en su poder, por lo que se puede aplicar una reducción sobre su valor. Esta reducción puede basarse en el valor real de la vivienda (no solo el catastral), siempre que se acredite su uso compartido. Esto reduce la carga fiscal para los herederos.
Recomendaciones para herederos
No aceptes automáticamente el 3% si no hay bienes del hogar.
Si la herencia incluye solo activos financieros o liquidez, considera alegar inexistencia de ajuar.
Documenta y argumenta adecuadamente en el modelo 650 de Sucesiones.
Consulta con un profesional, especialmente en comunidades autónomas con criterios propios.
Ejemplo adicional realista
Una pareja extranjera residía en Marbella. Al fallecer uno de ellos, deja una cuenta bancaria con 150.000 € y un vehículo. El viudo consulta con HerenciasPlus.com, donde le aconsejan alegar que no hay ajuar doméstico relevante, ya que la vivienda estaba alquilada y no se hereda mobiliario ni efectos. Gracias a esta estrategia, evitan que Hacienda sume 4.500 € ficticios al impuesto.
Conclusión: conoce tus derechos y ahorra en la liquidación de la herencia
El ajuar doméstico, aunque a menudo ignorado, afecta directamente al cálculo del Impuesto de Sucesiones. Aplicar ciegamente el 3% puede inflar la base imponible, pero la jurisprudencia actual permite defender valoraciones más justas, evitando tributar por lo que no se hereda realmente.
¿Tienes dudas sobre el cálculo del ajuar en tu herencia?
Consulta con los profesionales de ImpuestosHerencias.es, HerenciasPlus.com o HerenciasenMalaga.com. Te ayudamos a valorar correctamente el ajuar doméstico y liquidar el impuesto sin pagar de más.