Documentación necesaria para aceptar una herencia

Documentación necesaria para aceptar una herencia

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Para tramitar correctamente una herencia, es esencial reunir cierta documentación clave que acredite el fallecimiento, la condición de heredero y la composición del patrimonio a repartir. A continuación, se detalla la documentación más habitual que necesitarás:

1. Certificado de defunción

  • Expedido por el Registro Civil donde ocurrió el fallecimiento.

  • Acredita oficialmente la muerte del causante.

  • Imprescindible para iniciar cualquier trámite de herencia.

2. Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad

  • Se solicita al Ministerio de Justicia pasados 15 días hábiles del fallecimiento.

  • Indica si el fallecido otorgó testamento, la fecha y la notaría.

  • Permite saber si hay que acudir a la notaría o tramitar declaración de herederos.

3. Copia autorizada del testamento

  • Se obtiene en la notaría correspondiente, si hay testamento.

  • Solo pueden solicitarla los herederos, legatarios o interesados legítimos.

  • Muestra la voluntad del difunto sobre el reparto de sus bienes.

4. Acta de declaración de herederos abintestato

  • Sustituye al testamento si este no existe.

  • Se tramita ante notario o vía judicial (según el grado de parentesco).

  • Declara quiénes son los herederos legales del difunto.

  • Requiere aportar:

    • Certificados de defunción y últimas voluntades.

    • Documentos que acrediten el parentesco (libro de familia, certificados, DNI).

    • Dos testigos para confirmar la situación familiar.

5. Certificado de seguros de vida

  • Se obtiene en el Registro de Contratos de Seguros.

  • Lista los seguros de vida o accidentes con posibles beneficiarios.

  • Permite reclamar pólizas desconocidas por los herederos.

6. DNI de los herederos y del fallecido

  • Obligatorio presentar la identificación oficial de todos los implicados (DNI, NIE, pasaporte).

7. Libro de familia del difunto

  • Útil (aunque no obligatorio) para demostrar relaciones familiares.

  • Aporta evidencia rápida de cónyuge e hijos.

8. Títulos de propiedad de los bienes

  • Inmuebles: últimas escrituras de propiedad.

  • Vehículos: permiso de circulación y ficha técnica.

  • Cuentas bancarias: extractos o libretas.

  • Acciones: certificados de la sociedad o extractos bancarios.

9. Recibos y justificantes de pagos

  • Últimos recibos del IBI, contribuciones urbanas.

  • Justificantes de préstamos pendientes, hipotecas, etc.

10. Documentación de deudas y cargas

  • Contratos de préstamos, hipotecas, pólizas de crédito.

  • Facturas, recibos de servicios impagados, sanciones, deudas con Hacienda.

11. Justificantes de gastos funerarios y de última enfermedad

  • Facturas de funeral, entierro, lápida.

  • Gastos médicos significativos relacionados con la enfermedad final.

  • Deducciones posibles en el Impuesto de Sucesiones.

12. Certificados bancarios de saldo a fecha de fallecimiento

  • Emitidos por los bancos a petición de los herederos.

  • Reflejan el saldo exacto en cada cuenta el día del fallecimiento.

  • Se adjuntan en la liquidación del impuesto y para desbloquear fondos.

13. Valoraciones o tasaciones (si se realizan)

  • Tasaciones profesionales de inmuebles u otros bienes.

  • Útiles si se prevé que Hacienda cuestione los valores declarados.


📂 Organizar toda esta documentación en un expediente facilitará enormemente el proceso de aceptación y reparto de herencia.
El notario solicitará principalmente los certificados e identificaciones; para impuestos y reparto, se necesita el detalle de bienes y deudas.

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